El conclave y sus reglas

 El cónclave

 



Es la reunión que celebra el Colegio cardenalicio de la Iglesia Católica Romana para elegir a un nuevo Obispo de Roma, cargo que lleva aparejados el de Papa (Sumo Pontífice y Pastor Supremo de la Iglesia Católica) y el de Jefe del Estado Vaticano, Italia. En concilio el cónclave es la reunión, cerrada donde se elije el nuevo Papa.

El término cónclave procede del latín “cum clavis" ("bajo llave"), por las condiciones de reclusión y máximo aislamiento del mundo exterior en que debe desarrollarse la elección, con el fin de evitar intromisiones de cualquier tipo. Este sistema de encerrar a los electores del Papa, vigente al menos desde el II Concilio de Lyon (1274), fue mitigado por Juan Pablo II en la Constitución Apostólica Universi Dominici Gregis (UDG), sobre la Vacante Apostólica y la elección del nuevo Pontífice (22 de febrero de 1996). Se establece en ella que los electores pueden residir, mientras dura el cónclave, en la recién construida Casa de Santa Marta, una residencia al efecto en el propio Vaticano, pero manteniendo la rigurosa prohibición de cualquier clase de contacto con el mundo exterior.
Desde hace siglos, los cónclaves tienen lugar en la Capilla Sixtina, dentro del complejo Vaticano.

  

Electores

El Colegio de Cardenales ha conocido dimensiones diversas, desde los siete miembros con que llegó a contar en el siglo XIII hasta los 183 del presente. En 1587 Sixto V limitó su número a 70 miembros, divididos en tres órdenes: seis Cardenales Obispos, cincuenta Cardenales Presbíteros y catorce Cardenales Diáconos (aunque repartidos nominalmente en estamentos con estos nombres, en la actualidad los cardenales son siempre Obispos). En el siglo XX, sobre todo a partir de Juan XXIII, el Colegio de Cardenales incrementó su número con el fin de dotarlo de la máxima representatividad geográfica y nacional posible. Con todo, en 1970 Pablo VI reservó la condición de elector a los menores de 80 años y fijó su número máximo en 120. Con la creación en 2003 de 31 nuevos cardenales, Juan Pablo II elevó el número de electores teóricos a 135. En octubre de 2010, tras los nombramientos efectuados por Benedicto XVI de cardenales, habría 121 que reúnen la condición de electores por no haber cumplido aún la edad límite.

Candidatos

De acuerdo con la práctica tradicional de la Iglesia, cualquier bautizado varón podría ser elegido Papa. En 1179 el III Concilio de Letrán abolió las restricciones que se habían ido introduciendo desde el siglo VIII en el sentido de limitar la condición de candidato, primero a los clérigos en general, y posteriormente sólo a los cardenales aunque, en la práctica, el último Papa que no era cardenal en el momento de su elección fue Urbano VI (1378). En caso de resultar elegido un presbítero, diácono o laico, y habiendo aceptado su elección, se procedería en el acto a su ordenación como Obispo. Pese a todo, y dado que para ser ordenado obispo se requiere actualmente llevar al menos cinco años como presbítero y haber cumplido los 35 años, cabe pensar que sólo quien cumpliese estas condiciones podría ser objeto de elección como Papa.
No existe ningún requisito referente a la nacionalidad, aunque la tradición de siglos impuso la costumbre de elegir papas italianos. El polaco Juan Pablo II fue el primero no italiano desde Adriano VI, holandés, elegido en 1522. La reciente elección del alemán Benedicto XVI (19 de abril de 2005) parece abolir definitivamente la tradición en favor de los italianos. Vale decir que hasta hoy ningún americano ha sido consagrado papa, aunque en el cónclave de 2005 el argentino Jorge Bergoglio estuvo cerca de hacerlo, obteniendo 40 votos de los 77 que era necesario obtener, ya que era uno de los preferiti, junto con el colombiano Alfonso López Trujillo y el hondureño Oscar Rodríguez Maradiaga, el peruano Juan Luis Cipriani también contaba con cierto apoyo al parecer, no obstante el principal de los preferiti, el Cardenal Joseph Ratzinger fue quien finalmente fue elegido Papa.
Las mujeres, al no ser elegibles para el estado clerical, tampoco pueden convertirse en papas.

La Sede Vacante

Dos son las circunstancias que pueden dar lugar al final de un Pontificado (o “Vacante Apostólica”), iniciándose con ello el periodo de “Sede Vacante” y la necesidad de convocar el cónclave: el fallecimiento del Papa o su abdicación. Una tercera opción, la deposición del Papa, queda totalmente excluida, ya que ninguna autoridad está por encima de la suya ni siquiera a su mismo nivel.
La abdicación de un Papa es un acontecimiento muy poco frecuente en la historia, pero sí previsto en el derecho del la Iglesia. Se requiere que sea libre y se manifieste de modo formal aunque, como máximo legislador, es el propio Papa quien determina de qué forma ha de hacerlo. No es preciso que su dimisión sea aceptada por nadie. Cuatro han sido los Papas que a lo largo de la historia han declarado su renuncia al ministerio de Pedro: Benedicto IX (1045), Gregorio VI (1046), Celestino V (1294) y Gregorio XII (1415). A Celestino V lo condenó Dante Alighieri al infierno en su Divina Comedia por cobarde. En cambio, el Papa Clemente V canonizó a Celestino en 1313, viviendo aún el poeta.
El concepto de “Sede Romana Impedida”, previsto en el Código de Derecho Canónico, se refiere a los casos en los que, “por cautiverio, relegación, destierro o incapacidad” el Papa se encontrara totalmente imposibilitado para ejercer sus funciones. Según el Código se ha de atender a lo estipulado en “las leyes especiales dadas para estos casos”, pero no se ha hecho pública ninguna norma para una situación semejante. De cualquier modo, parece que no originaría un periodo de Sede Vacante ni la convocatoria del cónclave.
Habiéndose producido la Sede Vacante, el Colegio de Cardenales asume el gobierno de la Iglesia, pero de modo muy matizado. En efecto, sólo puede tomar decisiones en los asuntos ordinarios e inaplazables, así como en lo referente a la preparación de las exequias del Pontífice fallecido y la elección del nuevo. En ningún caso pueden innovar, particularmente en lo que se refiere a los procedimientos electorales, ni tampoco ejercer ninguna clase de “suplencia” del Papa. Sus disposiciones sólo seguirán siendo válidas en el siguiente pontificado si el nuevo Papa las confirma expresamente.
Por lo que se refiere a los bienes materiales de la Santa Sede, su administración en este periodo corresponde al Cardenal Camarlengo ayudado por tres Cardenales Asistentes. En la actualidad, el Cardenal Camarlengo es Tarcisio Bertone, S.D.B. que también desempeña el cargo de Secretario de Estado Vaticano, tras sustituir en 2007 al español Eduardo Martínez Somalo que ejerció el cargo desde el 5 de abril de 1993 hasta el 4 de abril de 2007. Le correspondió ejercer las especiales funciones de Camarlengo durante la sede vacante tras la muerte de Juan Pablo II.


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